
REGISTRO DE LA PROPIEDAD
REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL DEL CANTÓN LA MANA
MISIÓN Y VISIÓN
El Registro de la Propiedad y Mercantil del Cantón La Maná, adscrito al GAD. Municipal del cantón La Maná, registra documentalmente las propiedades de los predios correspondientes a los sectores urbano, rural y de cualquier otra característica territorial que sea determinada por la I. Municipalidad de La Maná, dentro de sus competencias conferidas por el COOTAD, generando la historia de todos y cada uno de los predios con la información relativa a propiedades con sus correspondientes actos, para emitir los certificados y/o inscripciones que requiera la ciudadanía usuaria de nuestros servicios, en concordancia con las disposiciones emitidas por la Ley del Sistema Nacional del Registro de Datos Públicos, la Ordenanza para la Organización, Administración y Funcionamiento del Registro de la Propiedad y Mercantil del cantón La Maná y demás leyes correlativas al sector público ecuatoriano.- Visión
REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL DEL CANTÓN LA MANA
Desde las antiguas civilizaciones griegas y egipcias, los Registros de la Propiedad, surgen como una necesidad de establecer o remarcar la propiedad privada de la clase dominante y darle publicidad a la misma. Esta estructura jurídica, costumbrista en sus orígenes, se expandió en toda Europa por intermedio de las conquistas territoriales de los imperios dominantes en cada época, España fue parte de esa realidad. Los archivos de la dependencia oficial registran documentación desde hace muchos años atrás, sin que se pueda asegurar en que año se instaló el primer Registro de la Propiedad en nuestro país. Se sabe que para ese entonces, García Moreno era Presidente de la República y puede deberse a su gestión administrativa la instalación de la primera oficina con funciones específicas, como oficina de Registro de la Propiedad, no existe con precisión un dato que pueda precisar, cuando comenzaron a funcionar las registrasdurias de la propiedad en el Ecuador, pues se han recopilados datos de la existencia de la Ley de Registros de Inscripciones en 1960, de un Reglamento de Inscripciones o Registro, en 1970, los historiadores Jurídicos coinciden con la existencia de los anotadores personajes intuidos de la antigüedad, y de poder público para llevar los registros de las propiedades. A principio del siglo XI surgió una emancipación política en todos los países de América Latina, provocando que todos los estados elaboren sus propias legislación o independencia jurídica, para Garantizar la autenticidad y seguridad de los títulos, instrumentos públicos y documentos que deben registrarse. Inicialmente el funcionario a cargo del despacho era el Anotador, su designación como registrador es posterior. Dada la obligatoriedad de mantener un archivo físico de lo actuado, debidamente registrado y que debería obligatoriamente tener la forma y solemnidades de las inscripciones, se justificaba la implementación de un sistema de gestión privada no organizado, que fue entregada a personas particulares en el inicio y luego a profesionales del derecho quienes se encargaron de crear por propia cuenta las oficinas en las cabeceras cantonales, sistema que se mantuvo desde ese entonces hasta la promulgación de la nueva Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos, que viabilizó el traslado de dominio desde el ámbito particular al público. El Registro de la propiedad de inmueble es un órgano estatal que brinda publicidad de los actos jurídicos de constitución, transferencia, modificación, transmisión y extinción de los derechos reales, regulados por el Derecho civil y cuya forma ha sido realizada por la función notarial, su finalidad, común a todas las legislaciones, es la seguridad jurídica. En sus inicios, las registradurías, eran conocidas como oficinas de anotaciones y a sus titulares se los denominaba Anotadores o Escribanos. Los lamanenses venciendo varias dificultades el 12 de mayo de 1986, después de 29 años de parroquia, siendo presidente de la Republica el Ing. León Febres Cordero, se aprueba definitivamente la cantonización el 19 de mayo de 1986, fecha en que se cantonizo La Maná, según Registro oficial número 438 Quito Lunes 19 De mayo De 1986. Y es a partir de esa fecha que se organiza administrativamente con la designación de las nuevas dignidades elegidas por elecciones populares. También hubo la necesidad de contar con la Registraduría de la Propiedad en donde consten todos los inmuebles ubicados dentro del perímetro urbano y rural del naciente Cantón, ya que en ese entonces se tenía que acudir al cantón Pujili, a realizar los trámites de inscripciones de las propiedades, por lo que como parroquia pertenecíamos a dicho cantón, El Registro de la Propiedad del cantón La Maná comenzó a funcionar el 22 de diciembre de 1987, con la primera inscripción de un contrato de compraventa, siendo el primer registrador el abogado Alfredo Jaramillo, al año siguiente asume estas funciones el Abogado Guillermo Moreno, realizando su trabajo de la mejor forma hasta noviembre de 1989, fecha en la que asume estas funciones el Abogado Ricardo Sojos V. quien se desempeñó como Registrador de la Propiedad del cantón La Maná, hasta el año 2001, continuando como Registrador el Abogado Luis Paredes, hasta el año 2003, para luego asumir como Registrador el Dr. David Zambrano Fernández, Jurista reconocido en el ámbito del Derecho en nuestro cantón, quien estuvo al frente de la oficina registral hasta el año 2011.
- Primera Inscripción realizada en 1987
- El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón La Maná, cumplimiento a lo establecido por el Art. 142 del COOTAD, expide LA ORDENANZA PARA LA ORGANIZACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL DEL CANTÓN LA MANA, que fue discutida y aprobada por el consejo Municipal de La Maná, en sesión ordinaria y extraordinaria de fechas 24 de enero del 2011, y el 01 de junio del 2011, en primer y segundo debate, respectivamente, publicada en el Registro Oficial del día martes 01 de noviembre del 2011, año III-Nº568, mediante la cual establece las normas para el funcionamiento del Registro de la Propiedad, como una dependencia pública desconcentrada con autonomía Registral y Administrativa.
ABOGADO JAIME VINICIO SORIA ESTRADA
REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD
Y MERCANTIL DEL CANTON LA MANA (i)
ARANCELES DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL
Concepto. - Es la tarifa o valor establecido en una normativa legal que se debe pagar al recibir un servicio (inscripción y/o certificación) otorgado por el Registro de la Propiedad. El Arancel Registral es un pago obligatorio al efectuar cualquier trámite en el Registro de la Propiedad y Mercantil del cantón La maná, y cuyo establecimiento y regulación, por mandato legal, corresponde al Gad Municipal de La Maná. BASE LEGAL- Constitución de la República del Ecuador del 2008: Arts: 265 – 264 (último inciso)
- Código Orgánico de Organización Territorial de Autonomía y
- Ley de Sistema Nacional de Registro y Datos Públicos: Art. 33
- Resolución Nro. 021-NG-DINARDAP-2013, del 4 de junio del 2013. Art. 12
- Ordenanza Para La Organización, Administración Y Funcionamiento Del Registro De La Propiedad Y Mercantil Del Cantón La Mana
- Por el registro de declaratoria de propiedad horizontal y todos los documentos que esta comprenda la cantidad de 7.58 % de una RBU más IVA.
- Por la inscripción o cancelación de patrimonio familiar o testamento se pagará la cantidad de 30.4% de una RBU $ más IVA
- Por la inscripción de particiones judiciales o extrajudiciales, los valores a cobrar serán los establecidos en la tabla para el cobro de transferencia de dominio en relación a la cuantía o avaluó municipal más IVA.
- Por el registro de venta o venta e hipotecas constituidas a favor del Instituto Ecuatoriano de Vivienda, el Banco de la Vivienda, Empresa Municipal de Vivienda, pagarán el 50% del valor previsto en la correspondiente categoría fijada en el literal a) de este artículo más IVA.
- Por las inscripciones de concesiones mineras de explotaciones, la cantidad de 30.5% de una RBU más IVA por cada hectárea concesionada; por las concesiones mineras de explotación, la cantidad de 53.1 % de una RBU más IVA, por cada hectárea concesionada; y, por la inscripción de materiales áridos y pétreos la cantidad de 53.1% de la RBU más IVA, por cada hectárea concesionada.
- Por la domiciliación, disolución y liquidación de compañías, reforma y codificación de estatutos, cambio de domicilio, capitulaciones matrimoniales, poderes en el ecuador o en el extranjero, cancelación de permiso de operación la cantidad de 7,58% de una RBU más IVA.
- Las aclaraciones de homónimos de imputados o acusados en procesos penales así como las prohibiciones de enajenar y embargos ordenados en procesos penales o de alimentos forzosos serán gratuitos.
- Por la inscripción de posesiones efectivas, el 5.45% de una RBU más IVA;
- Por la inscripción de embargos, gravámenes, demandas, sentencias, interdicciones, prohibiciones judiciales de enajenar y sus cancelaciones, el 5.45% de una RBU más IVA por cada uno.
- Por las calificaciones de propiedad, gravámenes y limitaciones de dominio, el 2.66% de una RBU más IVA en cada caso.
- Por las certificaciones de matriculas inmobiliarias, el 2.66% de una RBU más IVA; y,
- Las demás similares que no consten, el 2.66% de una RBU más IVA.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL DEL CANTON LA MANA
Es la certificación que emite el Registro de la Propiedad del cantón La Maná, que acredita el derecho de dominio de determinada persona sobre determinado bien.- A QUIÉN ESTÁ DIRIGIDO:
- REQUISITOS PARA CERTIFICACIONES DE GRAVÁMENES, VENTAS Y FRACCIONAMIENTO:
- CERTIFICADO DE BIENES Y BÚSQUEDA:
- CUÁL ES EL COSTO DEL TRÁMITE:
- CONTACTO PARA ATENCIÓN CIUDADANA
- DÓNDE Y CUÁL ES EL HORARIO DE ATENCIÓN:
- DIAS LABORABLES: LUNES A VIERNES
- HORARIO DE ATENCION: DE 08H00 A 12H00 Y 13H00 A 17H00
- AVISO IMPORTANTE
JAIME VINICIO SORIA ESTRADA
REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL DEL CANTON LA MANA (I)
INSCRIPCIONES - REGISTRO MERCANTIL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL DEL CANTON LA MANA
CONTRATOS MERCANTILES
Los ciudadanos/as acuden a solicitar la inscripción de Registro Mercantil una vez realizado el trámite pertinente en la NotaríaA QUIÉN ESTÁ DIRIGIDO
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera. BASE LEGAL DEL TRAMITE: ART. 1, 13, 20, 33 y 35 de la LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE REGISTRO DE DATOS PUBLICOS Art. 22 de la ORDENANZA PARA LA ORGANIZACION ADMINISTRACION Y FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL DEL CANTON LA MANA RESOLUCION N° 002-NG-DINARDAP-2016- TABLA DE ARANCELES DE LOS SERVICIOS REGISTRALES MERCANTILES A NIVEL NACIONAL.QUÉ NECESITO PARA HACER EL TRÁMITE
Requisitos Obligatorios: 3 juegos de copias certificadas del trámite a realizar que conste en la jurisdicción del Cantón La Maná. Pago del valor correspondiente al trámite a realizar.CÓMO HAGO EL TRÁMITE
- Trámite personal en las oficinas del Registro de la Propiedad.
- Realizar el pago por el tramite requerido.
CUÁL ES EL COSTO DEL TRÁMITE
Dependiendo el Trámite, Y Dependiendo Los Valores Que Se Encuentran Establecidos En La Tabla De Aranceles De Los Servicios Registrales Mercantiles a Nivel Nacional.CONTACTO PARA ATENCIÓN CIUDADANA
Email: registropropiedad@lamana.gob.ec DÓNDE Y CUÁL ES EL HORARIO DE ATENCIÓN: Oficinas Registro de la Propiedad - Av. Av. 27 de noviembre y San Pablo – Manabí, Edificio del GAD. Municipal del cantón La Maná. DIAS LABORABLES: LUNES A VIERNES HORARIO DE ATENCION: DE 08H00 A 12H00 Y 13H00 A 17H00INSCRIPCION DE ACTOS Y CONTRATOS
Es el procedimiento por el cual se brinda el servicio de inscripción de un acto o contrato suscrito por una o varias personas naturales o jurídicas, dentro del Cantón La Maná, que busca servir como medio de tradición de bienes inmuebles y de constitución de otros derechos reales, en aplicación de la competencia establecida por Ley. Los principales actos o contratos son: Compraventa, donación, permuta, servidumbres, daciones en pago, cesiones de derechos, aclaratorias, sentencias de prescripción extraordinaria de dominio, testamentos, posesiones efectivas, entre otros.- A QUIÉN ESTÁ DIRIGIDO:
- CUÁL ES EL COSTO DEL TRÁMITE:
- Art. 21
- REQUISITOS PARA INSCRIPCIONES:
- SI LOS COMPARECIENTES SON PERSONAS JURÍDICAS:
- EN CASO DE QUE LA COMPRAVENTA SE REALICE MEDIANTE PODER ESPECIAL O GENERAL:
- ¿CÓMO HAGO EL TRÁMITE?
- CANALES DE ATENCION.
- CONTACTO PARA ATENCIÓN CIUDADANA:
- DÓNDE Y CUÁL ES EL HORARIO DE ATENCIÓN:
- DIAS LABORABLES: LUNES A VIERNES
- HORARIO DE ATENCION: DE 08H00 A 12H00 Y 13H00 A 17H00
AVISO IMPORTANTE
Estimados Usuarios: Si usted tiene alguna duda, o desconoce si la escritura que está por inscribir ya se encuentra inscrita, le recomendamos solicitar inicialmente una Razón de Inscripción, para comprobar el estado actual de la escritura. atentamente,JAIME VINICIO SORIA ESTRADA
REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL
DEL CANTON LA MANA (I)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL DEL CANTON LA MANA
Ficha Registral (en caso de no tener, se realizará la búsqueda respectiva) Copia certificada de la escritura de la Notaria en donde se celebró u otorgo.- CUÁL ES EL COSTO DEL TRÁMITE:
- CONTACTO PARA ATENCIÓN CIUDADANA
- DÓNDE Y CUÁL ES EL HORARIO DE ATENCIÓN:
- DIAS LABORABLES: LUNES A VIERNES
- HORARIO DE ATENCION: DE 08H00 A 12H00 Y 13H00 A 17H00
REQUISITOS PARA CERTIFICACIONES DE GRAVÁMENES, VENTAS Y FRACCIONAMIENTO:
Copia simple de la escritura de compraventa y/o fraccionamiento en la que debe constar la razón de inscripción (número de acta, repertorio y fecha de inscripción); o Copia de Ficha RegistralREQUISITOS PARA CERTIFICADO DE BIENES Y BÚSQUEDA:
Solicitud de Certificación de búsqueda de Bienes En caso de Juicio Coactiva adjuntar Providencia y/o Auto respectivoCUÁL ES EL COSTO DEL TRÁMITE:
El costo para la certificación es de $ 11,97, estipulado en el Art. 21 núm. 2, literal d), de la ORDENANZA PARA LA ORGANIZACION ADMINISTRACION Y FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL DEL CANTON LA MANACONTACTO PARA ATENCIÓN CIUDADANA
- Email: registropropiedad@lamana.gob.ec
DÓNDE Y CUÁL ES EL HORARIO DE ATENCIÓN:
Oficinas Registro de la Propiedad - Av. Av. 27 de noviembre y San Pablo – Manabí, Edificio del GAD. Municipal del cantón La Maná.- DIAS LABORABLES: LUNES A VIERNES
- HORARIO DE ATENCION: DE 08H00 A 12H00 Y 13H00 A 17H00
AVISO IMPORTANTE
Estimados Usuarios:
En cumplimiento de lo que determina la Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos en su Art. 6.- Accesibilidad y confidencialidad en lo referente a: “…Para acceder a la información sobre el patrimonio de las personas el solicitante deberá justificar y motivar su requerimiento, declarar el uso que hará de la misma y consignar sus datos básicos de identidad, tales como: nombres y apellidos completos, número del documento de identidad o ciudadanía, dirección domiciliaria y los demás datos que se determinen. Un uso distinto al declarado dará lugar a la determinación de responsabilidades, sin perjuicio de las acciones legales que el/la titular de la información pueda ejercer…”. atentamente,JAIME VINICIO SORIA ESTRADA
REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL
DEL CANTON LA MANA (I)